Al jefe del Departamento de Cultura de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski A. R. Achmizov
La Dirección de Desarrollo Económico de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski, en su calidad de órgano autorizado para realizar el examen de los actos normativos jurídicos municipales del municipio del distrito de Tuapsinski (en adelante: el órgano autorizado), analizó el decreto de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski del 21 de marzo de 2016 n.º 370 «Sobre la aprobación del Procedimiento de contabilización y registro de la técnica de atracciones instalada en el territorio del municipio del distrito de Tuapsinski» (en adelante – el Procedimiento). De acuerdo con el Procedimiento de realización del examen de los actos normativos jurídicos municipales del municipio del distrito de Tuapsinski que abordan cuestiones de actividad empresarial e inversiones, aprobado por el decreto de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski del 15.10.2015 n.º 2417 (en adelante – el Procedimiento de examen), el acto normativo jurídico municipal está sujeto a examen. El examen del acto normativo jurídico municipal se realiza conforme al plan de realización del examen de actos normativos jurídicos municipales, aprobado por el director del órgano autorizado el 17 de junio de 2016. De conformidad con el apartado 7 del Procedimiento y el plan de realización del examen de actos normativos jurídicos municipales, dicho examen se efectuó entre el 1 de septiembre de 2016 y el 1 de diciembre de 2016. El órgano autorizado llevó a cabo consultas públicas sobre el acto normativo jurídico municipal, conforme al apartado 9 del Procedimiento de examen, desde el 1 de septiembre de 2016 hasta el 1 de octubre de 2016. El aviso de realización de las consultas públicas se publicó en el portal de internet oficial de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski – www.tuapseregion.ru. Durante la investigación del acto normativo jurídico municipal, el órgano autorizado solicitó materiales al Departamento de Cultura de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski, que era el iniciador de la emisión del mencionado acto normativo jurídico municipal, necesarios para la realización del examen. El Departamento de Cultura no los presentó, alegando que todas las funciones necesarias, especificadas en el Procedimiento para la contabilización y registro de la técnica de atracciones instalada en el territorio del municipio del distrito de Tuapsinski, las ejercía el Departamento de Asuntos de Defensa Civil y Situaciones de Emergencia de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski. El Departamento de Asuntos de Defensa Civil y Situaciones de Emergencia de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski presentó la siguiente información. El decreto de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski del 21 de marzo de 2016 n.º 370 «Sobre la aprobación del Procedimiento de contabilización y registro de la técnica de atracciones instalada en el territorio del municipio del distrito de Tuapsinski» fue adoptado de acuerdo con la ley del Territorio de Krasnodar del 04 de marzo de 2015 n.º 3136-KZ «Sobre la supervisión estatal regional del estado técnico y la explotación segura de la técnica de atracciones en el Territorio de Krasnodar», y el decreto del jefe de la administración (gobernador) del Territorio de Krasnodar del 23 de agosto de 2010 n.º 721 «Sobre la aprobación de las Reglas de garantía de la seguridad de los visitantes y del personal de servicio de atracciones en el Territorio de Krasnodar». El registro de la técnica de atracciones, la conducción del diario de registro y contabilización de atracciones, la emisión de tarjetas de registro de atracciones fueron encargados a la comisión interinstitucional de contabilidad y registro de la técnica de atracciones instalada en el territorio del municipio del distrito de Tuapsinski, cuya composición fue aprobada por el decreto de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski n.º 370 del 21 de marzo 2016 conforme al anexo n.º 3. El aseguramiento institucional y técnico de la actividad de la comisión interinstitucional fue atribuido al Departamento de Asuntos de Defensa Civil y Situaciones de Emergencia de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski. El reglamento de las acciones del personal al prestar servicios de contabilización de la técnica de atracciones, según la información del Departamento de Asuntos de Defensa Civil y Situaciones de Emergencia de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski, está contenido en el anexo n.º 2 del Procedimiento de contabilización y registro de la técnica de atracciones instalada en el territorio del municipio del distrito de Tuapsinski. Sin embargo, en el mencionado anexo solo figura el reglamento de trabajo de la comisión interinstitucional de contabilidad y registro de la técnica de atracciones. El reglamento administrativo para la prestación del servicio municipal no fue presentado. No se recibieron quejas (reclamos) de personas jurídicas o físicas relativas a la contabilización o registro de la técnica de atracciones en el Departamento de Asuntos de Defensa Civil y Situaciones de Emergencia de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski. Con el fin de realizar el examen fueron dirigidas solicitudes a organizaciones sin ánimo de lucro con las que se han celebrado convenios de colaboración para llevar a cabo el examen, así como a las jefaturas de las asentamientos urbanos y rurales del municipio del distrito de Tuapsinski en cuyos territorios se desarrolla actividad empresarial relacionada con la explotación de técnica de atracciones. Como resultado del análisis se presentaron las siguientes observaciones, propuestas, recomendaciones, datos (cálculos, fundamentaciones), materiales de información-analíticos recibidos durante las consultas públicas. • Ampliar el Procedimiento con una lista de solicitantes que, en caso de detectarse el funcionamiento de atracciones no registradas, instaladas temporalmente en el período estival, así como en caso de falta de registro de atracciones recién instaladas, tengan derecho a iniciar la verificación de la comisión interinstitucional. • Ampliar el Procedimiento con un listado de miembros de la comisión interinstitucional responsables de: - la detección del funcionamiento de atracciones no registradas, instaladas temporalmente en el período estival; - la detección de casos de falta de registro de atracciones recién instaladas, (con la inclusión en la lista de funciones del cargo de dicha responsabilidad, así como de la dotación institucional-técnica para el desarrollo de la actividad de detección de atracciones no registradas); - la realización de monitorización de la actividad de los sujetos que explotan técnica de atracciones en el territorio del municipio del distrito de Tuapsinski. 3) Precisar el procedimiento para impedir el funcionamiento de atracciones no registradas, el orden y plazos de la interacción interinstitucional para garantizar responsabilidad administrativa y penal de los propietarios y arrendatarios de atracciones no registradas. 4) Precisar el listado de infracciones, sancionadas por los artículos del Código de Infracciones Administrativas de la Federación Rusa, del Código Penal de la Federación Rusa, en base a los cuales es posible responsabilizar a los propietarios de atracciones, por ejemplo: art. 14.4 del Código de Infracciones Administrativas de la FR (prestación de servicios de calidad inadecuada); art. 14.5 del Código de Infracciones Administrativas de la FR (prestación de servicios sin la información establecida); art. 5,27 del Código de Infracciones Administrativas de la FR (infracción de la legislación laboral y de seguridad en el trabajo); art. 9.11 del Código de Infracciones Administrativas de la FR (infracción de las normas de uso de combustible y energía, de las normas de instalación y explotación de instalaciones consumidoras de energía); art. 7.6 del Código de Infracciones Administrativas de la FR (ocupación no autorizada de un objeto acuático o uso del mismo con infracción de las condiciones establecidas) y art. 7.1 del Código de Infracciones Administrativas de la FR (ocupación no autorizada de un terreno) etc. 5) Analizar la práctica de aplicación de la ley para la erradicación de la explotación ilegal de atracciones en la Federación Rusa, así como ejemplos de una inadecuada interacción interinstitucional que ha conducido a accidentes en atracciones, con el objetivo de minimizar el riesgo de causar daños graves a la población y a los visitantes del distrito de Tuapsinski, y el de evitar que propietarios o arrendatarios de atracciones instaladas en el territorio del municipio del distrito de Tuapsinski eludan la responsabilidad; los resultados del análisis obtenido deben reflejarse en el texto del Procedimiento. 6) En el apartado 3.4 del Procedimiento la asistencia metodológica en la preparación de documentos para el registro de la técnica de atracciones y la emisión de tarjetas de registro de atracciones la realizan dos organizaciones diferentes. Realizar estas actividades por una única organización puede simplificar el procedimiento de registro. 7) En el apartado 6 del Procedimiento se propone concretar los tipos de técnica de atracciones que deben ser registradas. Existe técnica de atracciones que no requiere uso permanente de equipamiento mecanizado, y sus características técnicas en una explotación normal no pueden ocasionar lesiones a los ciudadanos. Someter dicha técnica a examen técnico es innecesario. 8) Se propone añadir al Procedimiento un apartado sobre los plazos de inicio y conclusión de la presentación de solicitudes de registro de la técnica de atracciones, por ejemplo del 1 de mayo al 1 de junio. Fuera de este período no se deberían aceptar solicitudes de registro, y por consiguiente, la instalación de técnica de atracciones en el territorio del distrito de Tuapsinski debe estar prohibida. 9) Se propone añadir al Procedimiento un apartado sobre la coordinación (notificación) con el organismo de autogobierno local (asentamiento) del lugar de instalación de la técnica de atracciones. 10) Se propone agregar al Procedimiento un apartado sobre la obligación del propietario (arrendatario) de la atracción de informar al organismo que registra la atracción y a los organismos de autogobierno local de todos los accidentes que hayan ocurrido con visitantes de la atracción. Durante la investigación, de acuerdo con el apartado 10 del Procedimiento de examen, el órgano autorizado constató lo siguiente: 1. En el acto normativo jurídico municipal se establecieron requisitos excesivos sobre la preparación y/o presentación de documentos, datos, información, en particular: a) la misma o idéntica información (documentos) se presenta en varias dependencias de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski, a saber: - para el registro de la atracción el propietario (arrendatario) presenta un conjunto de documentos en la administración del municipio del distrito de Tuapsinski; - en la UBMC «Parque Cultural y de Ocio de la ciudad de Tuapsinski», dependiente de la administración del asentamiento urbano de Tuapsinski, se presta asistencia a los propietarios (arrendatarios) de atracciones para la preparación de documentos para la emisión de tarjetas de registro de atracciones, se brindan servicios de asesoramiento a empresarios y organizaciones que explotan técnica de atracciones, sobre la tramitación de documentación autorizatoria conforme a las normas y reglas en vigor; - de acuerdo con el apartado 3 del Procedimiento, la dotación institucional-técnica de la comisión interinstitucional se confía al Departamento de Asuntos de Defensa Civil y Situaciones de Emergencia de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski, que controla la preparación del material y la recopilación de documentos para las sesiones de la comisión interinstitucional; b) el órgano que recibe la información no la utiliza con la frecuencia con la que la debe recibir y/o presentar (frecuencia injustificada de preparación y/o presentación de información/documentos), porque los plazos para la presentación de los conjuntos de documentos por parte de los propietarios (arrendatarios) de atracciones, informes y monitoreos sobre la contabilización de la técnica y la actividad realizada por ellos no están regulados por el Procedimiento. c) parte de los documentos requeridos para el registro de la técnica de atracciones se realiza sin tener en cuenta la organización del fl ujo documental interinstitucional, lo que no corresponde a las normas de la Ley Federal n.º 210-FZ del 27.07.2010 «Sobre la organización de la prestación de servicios estatales y municipales». d) debido a que en el Procedimiento se establece un círculo indeterminado de dependencias de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski que reciben documentos, el examen no pudo determinar si se presenta la misma o idéntica información (documentos) en una o varias dependencias del mismo órgano (institución); e) debido a la falta de presentación del reglamento administrativo que establece el procedimiento y estándar para la prestación del servicio municipal, el examen no pudo determinar si existen obstáculos organizacionales para la recepción de los documentos obligatorios (por ejemplo, ubicación remota del lugar de recepción de documentos, horario indefinido de recepción, u otro factor que limite la recepción de documentos); f) en el Procedimiento no se prevén formas alternativas de presentación de la información/documentos obligatorios (por ejemplo mediante representantes, uso de redes electrónicas, etc.), ni se prevé la presentación de documentos a través de un centro de servicios multifuncional; g) el procedimiento establecido en el Procedimiento no favorece la conservación de la confidencialidad de la información (documentos) presentada o favorece la violación de otros derechos protegidos por la ley, ya que faltan requisitos relacionados con la ejecución de la Ley Federal del 27.07.2007 n.º 152-FZ «Sobre los datos personales». 2. No se detectó que en el acto normativo jurídico municipal existieran requisitos relativos a la necesidad de crear, adquirir, mantener, disponer de activos, de obligaciones contractuales, de personal, de realización de trabajos o servicios no relacionados con la presentación de información o preparación de documentos en conexión con la organización, realización o cesación de cierta actividad que complicaran injustificadamente la actividad empresarial o inversiones, o generaran costes sustanciales o imposibilidad de realización de actividad empresarial o de inversión. 3. En el Procedimiento se detectó redundancia de las funciones de personas facultadas para realizar inspecciones, participar en comisiones, emitir o realizar aprobaciones, determinar condiciones y llevar a cabo otros procedimientos obligatorios establecidos por la legislación de la Federación Rusa y del Territorio de Krasnodar, ya que uno de los miembros de la comisión es el director de la UBMC «Parque Cultural y de Ocio de la ciudad de Tuapsinski», que posee técnica de atracciones en su patrimonio. Dicha institución también debe pasar por los procedimientos de registro de técnica de atracciones, lo que puede afectar la imparcialidad de las decisiones adoptadas por la comisión respecto de esa institución. 4. No se detectó la ausencia de condiciones organizativas o técnicas necesarias que impidieran que las dependencias de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski cumplieran las funciones establecidas respecto de sujetos de actividad empresarial o inversión. 5. No se estableció un nivel insuficiente de desarrollo de tecnologías, infraestructura, mercados de bienes y servicios en el municipio del distrito de Tuapsinski, ni la ausencia de un período de transición adecuado para la entrada en vigor de las normas jurídicas correspondientes. 6. No se presentó información sobre la fuente de publicación oficial del acto normativo jurídico municipal. La dependencia de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski que actuó como iniciadora de la emisión del acto normativo jurídico municipal es el Departamento de Cultura de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski. Como resultado del examen realizado, el órgano autorizado formuló las siguientes conclusiones: - El Procedimiento no regula las acciones para la declaración de atracciones no mecanizadas; - El Procedimiento impone requisitos excesivos para la presentación de documentos para el registro de la técnica de atracciones; - El Procedimiento no prevé una dependencia responsable para la recepción de documentos, ni una forma alternativa de presentación de documentos (por ejemplo, a través del Centro MFC del distrito de Tuapsinski); - La comisión interinstitucional incluye a la UBMC «Parque Cultural y de Ocio de la ciudad de Tuapsinski», que es consumidora de este servicio municipal, lo que coloca el registro de atracciones de otros empresarios en condiciones de desigualdad; - El Procedimiento no establece plazos para la recepción, tramitación y adopción de la decisión sobre el registro de la técnica de atracciones. 7. Como consecuencia de las disposiciones detectadas en el acto normativo jurídico municipal, que, según el análisis de su aplicación para la regulación de las relaciones de actividad empresarial o inversiones, generan obstáculos injustificados al ejercicio de actividad empresarial o inversión, así como en fundamento de las conclusiones formuladas, y en base a la información sobre la celebración de eventos públicos, la posición de los participantes en el examen, se recomienda introducir las modificaciones necesarias al Procedimiento. Conforme al apartado 13 del Procedimiento de examen, la dependencia de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski que actúa como iniciadora de la emisión del acto normativo municipal, dentro de los 30 días siguientes a la recepción del informe, deberá notificar al órgano autorizado sobre las medidas adoptadas como resultado de la consideración del informe.
La Jefa de la Dirección de Desarrollo Económico de la administración del municipio del distrito de Tuapsinski E. Y. Fidiaieva
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